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Argentina - Identificación para ganado de exportación a la Unión Europea

Publicado: 5 de julio de 2004
Fuente: La Calle Online
El objetivo fundamental de la Resolución 15/03 del Senasa es «satisfacer los requerimientos de mercados externos, especialmente la Unión Europea, en aspectos referentes a la trazabilidad de los animales que se remiten a faena para exportación». Corresponde aclarar que la identificación individual animal es sólo uno de los componentes y un principio de un sistema integral de trazabilidad de mayor alcance. El Sistema de Identificación de Ganado Bovino para Exportación dispuesto por la norma, fue diseñado de forma tal que permite efectuar el seguimiento y rastreo retrospectivo de cada animal, desde el frigorífico de destino hasta el establecimiento rural en el cual fue identificado individualmente. Los componentes del sistema que permiten el mencionado seguimiento son: caravanas con numeración codificada irrepetible, Tarjeta de Registro Individual de Tropas (TRI), Certificado Sanitario Despacho de Tropas a Faena Unión Europea (Certificado de Predespacho), Libro de Registro de Movimientos y Existencias -que debe llevar cada campo inscripto para UE-, Carpeta para archivo de Documentación y el Documento de Tránsito Animal (DTA). Los registros, procedimientos y controles que se efectúan sobre estos documentos y sobre los animales que se identifican permiten su seguimiento. Los campos inscriptos en el Registro de establecimientos rurales proveedores de ganado para faena con destino a exportación a la Unión Europea deberán identificar individualmente sus bovinos con caravana en la oreja izquierda de acuerdo al Artículo 2° de la Resolución N° 15/2003. En Entre Ríos son 1609 productores distribuidos, en su mayoría en Gualeguaychú, 8,77%; Uruguay, 13,49 %; Gualeguay, 11,50 % y Tala, 9,26%. La norma incluye a los establecimientos de engorde a corral. El sistema, que actualiza los requisitos y procedimientos para el predespacho de tropas para exportación establecidos en la Resolución 115/02, se basa en la identificación de los animales con una caravana colocada en la oreja izquierda, en la que estará inscripto un código no repetible, en el frente, y el número de Registro Nacional Sanitario de Productores Agropecuarios (RENSPA), en el dorso. En los Feed Lots para Exportación (Resolución N° 2/2003) los animales, además de la caravana, deberán identificarse con un botón independiente con la sigla EC en la oreja derecha. Los ingresos con destino invernada, a partir del 01/07/2003; el resto, desde el 01/01/2004. Los nacimientos, todos a partir del 01/07/2003, plazo hasta el destete. Por su parte los egresos, si van a otro campo inscripto, como fecha máxima, previo a su egreso. En el caso dedestino exportación, deberá respetarse una antelación mínima de 40 días antes del despacho. En otro orden, el stock permanente de bovinos deberá identificarse en su totalidad, tomando como fecha límite el 30 de junio de 2004. La documentación requerida. Constancia de validez de la inscripción como exportador a la UE; apellido y nombre o razón social del productor inscripto; C.U.I.T.y número de RENSPA. En la propia entidad se podrá encargar un número determinado de caravanas, cuyo pago se realizará en el momento de encargarlas; su costo es de 80 centavos más IVA. En ese momento se asentará el pedido y se solicitará vía E-Mail a Paraná, adjuntando los datos del productor, las caravanas pedidas. Algunas cuestiones administrativas completan el trámite. Toda esa documentación será digitalizada y enviada al Senasa. Por otro lado, la FUCOFA entregará al productor el modelo de carpeta de movimientos de hacienda y el instructivo correspondiente.
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La Calle Online
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