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Unión Europea - Obligatoriedad de análisis microbiológicos en alimentos

Publicado: 23 de septiembre de 2024
Fuente: Diario Oficial de la Unión Europea, 2024/2463
La Comisión Europea ha publicado el Reglamento de Ejecución (UE) 2024/2463 que ampliá su legislación sobre los métodos establecidos por los Estados Miembros que deberán utilizar para el análisis microbiológico de muestras alimentarias en el marco de los controles oficiales.
Como no existían normas de la Unión relativas a los métodos específicos de análisis de laboratorio que deben utilizarse durante los controles oficiales destinados a verificar el cumplimiento de las normas y los criterios establecidos en el Reglamento (CE) n.o 2073/2005 y considerando que esa situación podría ser perjudicial para la calidad de los controles oficiales de los productos alimenticios comercializados y crear distorsiones de la competencia, se decidio garantizar una mayor uniformidad, fiabilidad y coherencia de los controles oficiales, procede establecer requisitos de la Unión para los métodos analíticos que deben utilizar los laboratorios oficiales cuando analicen las muestras oficiales con arreglo a los criterios establecidos en el Reglamento (CE) n.o 2073/2005.
El objetivo principal de este reglamento es garantizar que los alimentos (carnes, productos lácteos, huevos, pescados, vegetales, frutas, etc.) no contengan microorganismos ni toxinas que representen un riesgo inaceptable para la salud humana. Los operadores del sector alimentario ya deben implementar procedimientos de autocontrol, como el sistema HACCP, para asegurar que sus productos cumplen con los criterios microbiológicos establecidos en el Reglamento 2073/2005.
Dentro del marco de los controles oficiales, las autoridades designarán los laboratorios encargados de realizar los análisis microbiológicos, pruebas y diagnósticos. Con el nuevo reglamento, se especifican claramente los métodos que estos laboratorios deberán utilizar.
El Reglamento (UE) 2024/2463 entrará en vigor el próximo 2 de octubre, y su aplicación será obligatoria en todos los Estados Miembros de la Unión Europea a partir de esa fecha.
El presente reglamento publicado lleva la firma de Ursula von der Leyen, Presidenta de la Comisión Europea
Fuente
Diario Oficial de la Unión Europea, 2024/2463
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