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Límites europeos de micotoxinas

Publicado: 29 de diciembre de 2003
Por: Marcela de la Fuente
Necesito una página web en la que pueda encontrar los límites para Europa de micotoxinas.
Gracias,

Marcela
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ALBERTO GIMENO
Alberto Gimeno
30 de diciembre de 2003
Apreciada Marcela, respecto a su cuestión hay que matizar lo siguiente:

1.- Debemos distinguir entre países de la Comunidad Europea y países de Europa que no pertenecen a la comunidad.
2.- Alimentos para animales y alimentos para humanos.
3.- Legislación y normas internas dentro de cada país y para algunos países.

Así pues, la Comunidad Europea tiene una legislación oficial en lo que respecta a alimentos para animales (materias primas y alimentos compuestos)en donde solo está contemplada la Aflatoxina B1. Cuando se refiere a alimentos para humanos, la Comunidad Europea tiene una legislación oficial en donde solo están contempladas, las aflatoxinas B1, B2, G1, G2, M1 y la ocratoxina A para algunos géneros alimenticios. Fuera de esto la Comunidad Europea no tiene de momento legislación oficial para otras micotoxinas.

Después existe por ejemplo, Suiza que tiene unas normas internas para limites de fumonisinas B1 y B2 en productos del maíz destinados a consumo humano. Holanda tiene unas normas para vomitoxina o deoxinivalenol en productos del trigo destinados a consumo humano. Austria tiene normas para zearalenona, y vomitoxina en algunos cereales y de patulina en zumos de frutas. Francia también tiene para zearalenona en algunos cereales y para patulina en zumos de frutas al igual que Grecia. Rusia tiene normas para zearalenona, toxina T-2 y vomitoxina en algunos cereales .......... etc. Sin embargo todo eso a nivel interno de cada país.

A todo esto le diré que es preferible que contacte con Special Nutrients de USA y con el Sr. Fernando Tamames III y le pida mi manual de micotoxinas titulado "Micotoxinas y Micotoxicosis en Animales y Humanos" el cual está anunciado en la pagina de www.engormix.com (area en castellano, sección micotoxinas). Allí podrá encontrar la ayuda que necesita con valores concretos de concentraciones máximas de contaminación permitidas para algunas micotoxinas (alimentos para animales y humanos) no solo en lo que se refiere a legislación oficial así como también en lo que respecta a normas internas en algunos países (todo acompañado de la referencia bibliográfica en cuestión). Le resalto que también podrá encontrar en el manual una referencia bibliográfica muy interesante en donde existen unas tablas muy amplias referentes a niveles máximos de tolerancia para algunas micotoxinas y en algunos alimentos para animales y humanos referentes a más de 80 países y en donde están diferentes países de Europa (dentro y fuera de la Comunidad Europea) y otros. Estas tablas no están enteramente reflejadas en el manual y solo está indicada la referencia bibliográfica a la que hay que acudir para consultarlas."

Un abrazo

Gimeno

Jose carlos Rodriguez tito
Jose carlos Rodriguez tito
7 de enero de 2004
Estimada Marcela de la Fuente: En la página web
http://www.micotoxinas.com.br/legisla.html
aparecen los límites permisibles en Europa y otra gran cantidad de países.
Saludos cordiales.

Lic. José Carlos Rodríguez Tito
Proyecto Micotoxinfo
Cuba
ALBERTO GIMENO
Alberto Gimeno
10 de enero de 2004
Estimada Marcela: efectivamente, esa página Web que le indican es interesante, y allí podrá encontrar también muchos datos además de lo que yo anteriormente le indiqué. Sin embargo, me gustaría decirle que en lo que se refiere a la Legislación Europea, para aflatoxina B1 en materias primas utilizadas para alimentación animal, las cosas no están muy bien explicadas en esa página Web y además están incompletas. En resumen, eso no es exactamente lo que la Legislación Europea dice, quiere dar a entender y explica muy claramente en el Diario Oficial de las Comunidades Económicas Europeas. Lo correcto es lo siguiente: “En lo que se refiere a materias primas, la Legislación de la CE establece que cuando esas materias primas se utilicen como alimento final para los animales, la concentración máxima permitida de aflatoxina B1 (con un valor de humedad o agua libre de la materia prima del 12%) es de 50 ppb con excepción del cacahuete, copra, palmiste, semilla de algodón, babassu, maíz y derivados de su transformación, que es de 20 ppb. Cuando esas materias primas se utilicen para la fabricación de los alimentos compuestos para animales, la Legislación de la CE establece (tomando el mismo valor de humedad o agua libre antes referido) un máximo de aflatoxina B1 permitido de 200 ppb”.
En lo que respecta a los alimentos compuestos, la base de humedad o agua libre del sustrato es también del 12%. Con eso queda claro que, cuando en un proceso de fiscalización efectuado a materias primas o a alimentos compuestos para animales se hace un análisis de aflatoxina B1, paralelamente a ese análisis se debe hacer otro de humedad, y el resultado obtenido de aflatoxina B1 con aquella humedad del sustrato en cuestión, se debe recalcular como si el sustrato tuviera un 12% de humedad, en caso de que el valor real de ésta sea mayor o menor que 12%. Si no entiende muy bien esto, dígamelo y se lo aclararé con un ejemplo.
Un abrazo.

Gimeno
ALBERTO GIMENO
Alberto Gimeno
14 de mayo de 2004
Estimada Marcela: en continuación a mi ultima información del 10-01-2004, le comunico que en este momento, la Legislación de la UE (Unión Europea) ha modificado y dejado claro lo de la Aflatoxina B1 en materias primas, y dice taxativamente "que para todas las materias primas en la alimentación animal, la concentración máxima de aflatoxina B1 permitida es de 20 ppb (microgramos/Kg), para un valor de humedad de la materia prima de 12%". Un saludo. Gimeno
Sonia Granado
Sonia Granado
22 de julio de 2004
No entiendo yo muy bien cómo calcular el límite para un pienso con una humedad superior al 12%. ¿Cómo puedo conseguir el "Manual de Micotoxinas"?
ALBERTO GIMENO
Alberto Gimeno
22 de julio de 2004

Apreciada, Sonia, le voy a dar dos fórmulas:

La FORMULA 1 es para calcular (partiendo de la concentración de aflatoxina B1 encontrada en la muestra original con la humedad original), cuál sería la concentración de aflatoxina B1 en la muestra, en caso de que ésta tuviera 12% de humedad.

La FORMULA 2 es para calcular la concentración de aflatoxina B1, que debería tener como máximo la muestra original, para cumplir con el limite máximo de aflatoxina B1 establecido en la legislación.

FORMULA 1

ppb (microgramos/Kg) de aflatoxina B1 sobre 12% de Humedad = C x (100-12) / (100-H) = C x 88 /(100-H)
donde: C = ppb (microgramos/Kg) de aflatoxina B1 encontrado en la muestra original; 88 = % de sustancia seca impuesto por la legislación; H = % de humedad de la muestra original.

Con ese resultado, se va a la legislación, y ve si para ese alimento compuesto, la concentración de aflatoxina B1 encontrada está por debajo, o por encima del límite máximo establecido.

FORMULA 2

C2 = C1 x (100-H) / 88
donde: C2 = ppb de aflatoxina B1 que debería tener la muestra original para cumplir con la legislación; C1 = ppb de aflatoxina B1 que la legislación permite sobre ese alimento compuesto o materia prima sobre 12% de humedad; H= % de humedad de la muestra original; 88 = % de sustancia seca impuesto por la legislación.

Respecto a lo del manual de micotoxinas, por favor, pidalo a Special Nutrients de USA, al Sr. Fernando Tamames III

Saludos,

Gimeno

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