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Italia – Trazabilidad de los productos lácteos

Publicado: 14 de diciembre de 2004
Fuente: Gazzetta Ufficiale
Recogiendo las peticiones formuladas por las Organizaciones Profesionales Agrarias y las Asociaciones de Consumidores, sobre el tema del correcto etiquetado de los productos agroalimentarios, el Ministerio de las Políticas Agrícolas y Forestales tiene previsto publicar, antes de finales de noviembre, el Decreto Ministerial que dará el vía libre a la obligación de indicar en la etiqueta de la leche fresca, la referencia territorial de ubicación de las explotaciones de procedencia de la leche utilizada. El DM de 27 mayo de 2004, autorizado en su día por la Comisión Europea, introducía la obligación para todos los agentes de disponer de un manual con información suficiente para poder seguir la circulación de la leche desde la explotación de origen hasta el establecimiento donde se efectúa el tratamiento térmico y la confección y encomendaba a un posterior decreto la fijación de las líneas directrices de estos manuales. Dichas líneas guías serán pues establecidas en el Decreto Ministerial de próxima publicación y constituirán una especia de vademécum para la redacción de manuales específicos para ganaderos, primeros compradores, titulares de centros de recogida, transportistas y responsables de las industrias de tratamiento. Cada uno de ellos deberá proceder a la elaboración del propio manual en el plazo de sesenta días tras la publicación del Decreto en la Gazzetta Ufficiale. Serán necesarios otros 60 días para la entrada en vigor de la obligación de indicar en etiqueta el lugar de procedencia de la leche fresca. La habilitación de este periodo responde a la necesidad de permitir a las empresas de tratamiento, el agotar las existencias adquiridas con anterioridad. El inminente decreto se limitará a establecer como obligatoria la información relativa al destino de la leche producida en la explotación, la procedencia de la misma en el caso de los diversos operadores o la descripción de la actividad de distribución del producto. A las empresas de tratamientos corresponderá finalmente la obligación de indicar en la etiqueta de la leche fresca, la referencia territorial de las explotaciones de origen, de la leche utilizada.
Fuente
Gazzetta Ufficiale
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