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Argentina - Extienden la posibilidad de trasladar hacienda inmunizada no vacunada

Publicado: 12 de mayo de 2020
Fuente: Colegio de Veterinarios de la provincia de Bs As
Por Disposición, el Senasa prorroga el plazo para trasladar hacienda inmunizada no vacunada durante el período de emergencia sanitaria por el COVID-19.
El nuevo plazo de la excepción, según lo determinado por la disposición 134/20 publicada  en el Boletín Oficial, vence el 15 de mayo inclusive.
La resolución 288/20,  vigente desde el pasado 25 de marzo, exceptuó el cumplimiento de la vacunación contra la fiebre aftosa correspondiente a la campaña en curso para “los movimientos de bovinos y bubalinos procedentes de establecimientos agropecuarios que aún no hayan cumplimentado o completado en su totalidad la vacunación”.
“Dicha excepción procederá solo cuando estos animales se destinen a establecimientos que, al momento de la recepción, tampoco hayan cumplimentado o completado en su totalidad la vacunación correspondiente a la primera campaña de vacunación contra la fiebre aftosa del corriente año”, especifica la norma.
La excepción establecida por el Senasa no alcanza a los bovinos y bubalinos que aún no hayan recibido su primo-vacunación contra la fiebre aftosa.
Fuente
Colegio de Veterinarios de la provincia de Bs As
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