27/04/2008
Re: Noticias - México - Semarnat publica el reglamento de la ley de bioseguridad
Estimados Foristas
Despues de meses de silencio por fallas tecnicas de la coneccion a internet vuelvo a la carga y es para saber si en esa Ley de Bioseguridad para OGMs o mejor OVMs segun Protocolo de Cartagena se incluyen ambos o sea los que contempla el Protocolo o todos y para distintos fines o sea vas a importar pero no lo vas a liberar ¿es igual el permiso? los palzaos son iguales? donde lo vas a depositar? si no lo vas a usar para que lo traes?
Lo mas importante se regula que hay que realizar el Anàlisis de Riesgo segùn plantea el Protocolo (para los OVMs que tienen bajo la regulaciòn, obviamente!!!) ¿Quien realiza esta Evaluaciòn de riesgos? ¿con que metodologìa se realiza? ¿la pueden hacer en el paìs? ¿Quien pagarà por esa evluaciòn? ¿la empresa importadora, el exportador, el gobierno,...quien?
La reflexiòn de estos aspectos les puede dar el ambito de aplicaciòn y las pautas que hay que seguir si se tienen en consideraciòn
Muchas gracias y espero recibir sus comentarios
Dr. Miguel Lorenzo Hernàndez
Especialista y Consultor en Bioseguridad y Evaluaciòn de Riesgos
Agencia de medio Ambiente
La Habana, Cuba

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