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Argentina - Lanzan el Programa de Promoción del consumo de carne porcina fresca

Publicado: 4 de octubre de 2016
Fuente: Asociación Argentina Productores de Porcinos, Revista Digital, Número 852
Mediante la firma de un Acuerdo Marco, siete entidades del Sector Porcino argentino lanzaron el Programa de Promoción del consumo de carne porcina fresca, con el aporte "voluntario" de $1.- por capón vendido el que generará un fondo, el cual se espera incrementar con un aporte similar del Gobierno Nacional. 
El objetivo principal del programa, además de la promoción del consumo, es disminuir la caída estacional del precio del cerdo en pie entre los meses de abril y julio del 2017, que se produce todos los años. “Es una oportunidad concreta de sumar y todos lo pueden hacer de acuerdo a sus posibilidades. Siempre se espera que los "otros" hagan cosas, es un momento especial para que "nosotros" las hagamos”, señala uno de los actores de esta iniciativa.
En el Convenio marco de colaboración entre entidades privadas para la promoción del consumo de la carne porcina participan la Asociación Argentina Productores de Porcinos (AAPP), la Asociación de Productores Porcinos de la Provincia de Santa Fe (APPORSAFE), la Cámara de Productores Porcinos de Entre Ríos (CAPPER), la Cámara de Productores Porcinos de Córdoba (CAPPCOR), Mercado Argentino del Cerdo (PORMAG), el Grupo de Intercambio Tecnológico de Explotaciones Porcinas (GITEP) y la Sociedad Rural Argentina (SRA). A través de la firma de ese convenio las entidades se comprometen a participar en labores de la promoción del consumo de la carne porcina explicitando todas las bondades y cualidades de la misma.

EL acuerdo firmado estipula:

Primera.- ALCANCE DE LA COOPERACIÓN. El presente Convenio Marco tiene por objeto establecer las bases de una cooperación entre las instituciones para la realización de actividades de promoción, fomento y difusión de la carne porcina fresa con miras al logro de sus fines y el aprovechamiento racional de sus recursos. Las áreas de cooperación incluyen, sujeto a consentimiento de todos, cualquier programa ofrecido por cualquiera de las instituciones y que todas las entidades consideren deseable, factible y que contribuya al fomento y desarrollo del objetivo de promoción planteado.
 
Segunda.- FINANCIACION Se decide realizar un fondo común para el cumplimiento del objetivo con el aporte de $1 por cerdo faenado de todos los productores que voluntariamente se adhieran al presente convenio.
 
Tercera.- ADMINISTRACION BANCARIA La administración bancaria del fondo se realizará en una cuenta co - rriente especial y exclusiva que la Asociación Argentina Productores de Porcinos (AAPP) ofrece para tal fin.
 
Cuarta.- COMITÉ DIRECTIVO Se crea un Comité Directivo con un representante por cada una de las institucio - nes y que tendrá como finalidad: a.- Determinar un programa de acciones. b.- Generar las contrataciones. c.- Ordenar la realización de los pagos a la Administración. d.- Gestionar acuerdos que favorezcan los objetivos del Convenio
 
Quinta.- COMITÉ AUDITOR Se crea un Comité Auditor con un representante por cada una de las instituciones con la finalidad de auditar la utilización de los fondos y el cumplimiento de los objetivos del presente convenio
 
Sexta.- RENOVACIÓN, FINALIZACIÓN, SOLIDARIDAD, CESIÓN, ENMIENDAS Y SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS Este Convenio tendrá vigencia durante un período de un año a partir de la fecha de la última firma, con el entendimiento que puede ser finalizado por cada acuerdo de las partes mediante aviso escrito comunicado en un término no inferior a 3 meses. El Convenio puede ser prolongado por periodos iguales mediante consenti - miento escrito de todas las partes. Para el caso de terminación del presente Convenio, todas las partes toma - rán las medidas necesarias para garantizar la continuidad hasta su conclusión de las acciones y proyectos ya iniciados. No existirá régimen de solidaridad entre las partes firmantes de este Convenio, y cada una respon - derá frente a terceros por las obligaciones que específicamente asume en razón del mismo. Este Convenio es celebrado en consideración a las partes firmantes y del objeto que se pretende desarrollar; en consecuencia ninguna de las partes podrá cederlo. Las partes convienen en agotar todos los medios para resolver amistosa - mente, sin litigios, cualquier controversia o duda que pudiera suscitarse con motivo de este Convenio, y para tal efecto, acudirán preferentemente, al empleo de mecanismos de solución directa de controversias. EN FE DE LO CUAL, las partes del Convenio firman el presente documento, en el lugar y fecha arriba indicado.
Fuente
Asociación Argentina Productores de Porcinos, Revista Digital, Número 852
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